Según la Conselleria de Gobernación en resolución de 7 de mayo de la Dirección General de Prevención , Extinción de Incendios y Emergencias, publicada en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana.
Del 1 de junio al 30 de septiembre no se podrá autorizar, en los terrenos forestales, en los colindantes o con una proximidad menor de 500 metros de aquéllos, la quema de márgenes de cultivo o de restos agrícolas o forestales, así como la quema de cañares, carrizales o matorrales ligada a algún tipo de aprovechamiento ganadero.
Por lo que se dejan en suspenso, hasta nueva orden, todas las acciones o actividades recogidas en los planes locales de quemas que contradigan lo establecido en la presente resolución.
NOTA ACLARATORIA, de la noticia -REDUCCION DE LOS HORARIOS DE QUEMA-, publicada el 29-5-12
La restricción de acciones o actividades , recogidas en los planes locales de quemas y autorizaciones , no afectaran a la quema de los sábados, siempre que no nos encontremos en alerta 3 (previfoc), que podrá consultar en la página web, www.112cv.com o llamando a la policía local o departamento de medio ambiente del ayuntamiento.
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